Abierto el plazo para solicitar las bonificaciones en los recibos de agua, alcantarillado y basura para 2022

La delegada de Economía, María del Carmen Martínez, ha anunciado que hasta el próximo 30 de septiembre está abierto el plazo para solicitar las bonificaciones establecidas por el Ayuntamiento de Ronda para los recibos de agua y alcantarillado, y el de recogida de basura del año 2022. Los beneficiarios de estas reducciones en el caso del recibo de agua y alcantarillado son las familias numerosas, familias monoparentales y asociaciones de interés social así como mayores de 65 años. En el caso del recibo de recogida de basura también personas con más 60% de discapacidad reconocida.

Martínez ha informado también que para este 2021, en el caso de las bonificaciones de agua y alcantarillado, hay 219 beneficiarios, de los que 194 son personas mayores de 65 años. En el caso del recibo de recogida de basura, los beneficiarios en este año han sido 284, también la mayoría pertenecientes a este colectivo.

 

Ayudas a pymes y autónomos

Por otro lado la delegada de Economía también ha informado  que se han recibido 162 solicitudes para acceder a la línea de ayudas directas por valor de un millón de euros puestas en marcha por el Ayuntamiento para ayudar a autónomos y pymes rondeños afectado por la crisis. El plazo se cerró el pasado 7 de abril, ha explicado Martínez, y en este momento se están haciendo requerimientos de documentación a algunos solicitantes. “La semana que viene la comisión se va a sentar para aprobar expedientes y para que de forma muy rápida se puedan hacer los pagos”, ha anunciado.

Estas ayudas tienen una cuantía de 1.500 euros están destinadas a cubrir los gastos de alquiler o préstamo del local donde se realiza la actividad, los gastos de energía eléctrica y otros como los de gestoría, mantenimiento, seguridad, vigilancia, telefonía, agua o internet. Los requisitos para acceder a las mismas establecían residir en Ronda, contar con menos de seis empleados, estar dados de alta al menos desde el 1 de enero de 2020 y que la pérdida de facturación entre 2019 y 2020 haya sido del 50%. Dicha facturación deberá haber sido inferior a 250.000 euros en 2019 así como estar al día en los pagos con las administraciones.

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